viernes, 7 de diciembre de 2012

Proyectos técnicos actividades clasificadas

Lo primero que vamos a ver es analizar la diferencia entre actividad no clasificada y actividad clasificada. Muchas veces no entendemos que se pueda exigir algo cuando nos traspasan una actividad clasificada que ya estaba funcionando sin problemas. Y mucho menos que no pueda seguir funcionando. En realidad la solicitud del cambio de titularidad puede abrir la caja de Pandora en este tipo de actividad.
Pero no nos adelantemos.
Veamos en que se diferencian básicamente unas de otras :

Tipos de licencias de apertura y actividad.

Existen dos tipos de licencias en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas de la actividad que se quiere desarrollar:

    Actividades inocuas: son aquellas actividades que no generan molestias significativas, impacto medioambiental (salubridad, higiene), daños a bienes públicos o privados ni riesgo para bienes o personas. Se consideran actividades inocuas muchos pequeños comercios como tiendas de moda o de productos de alimentación no perecederos, así como pequeñas oficinas para la prestación de servicios diversos.

    Actividades calificadas: son aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas (hostelería, actividades industriales, determinados comercios y servicios) y que requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial.

Las únicas actividades exentas son aquellas profesionales, artesanales y artísticas que se realizan en el domicilio, siempre y cuando no exista venta o atención directa al público y no se cause molestias a los vecinos.

A modo de ejemplo pongo el enlace con los trámites y condiciones actuales del Ayuntamiento de Arona en Tenerife


No termina ahí la cosa, aunque en la actualidad en base a la venta del país y sucesivas privatizaciones quien lleva el control de los procesos previos son las OCA (organismos de control autorizados) que al igual que en otros sectores se han convertido en elementos que ponen en valor la correcta ejecución de las instalaciones, así como también en sus aspectos formales.

Las Administraciones Públicas funcionan mediante la Declaración Responsable a la cual se han de adjuntar las revisiones previas llevadas a efecto por empresas privadas de control.

En la actualidad las administraciones presentan una carrera, doblemente motivada por la crisis, hacia la automatización de sus procesos. Y es que parece que no cesa el espíritu de privatizar y de minimizar los servicios que desde las Administraciones se dan a los ciudadanos.

En un periodo de unos diez años se ha hecho más compleja la tramitación de instalaciones con impresos de varias páginas que antes eran de una sola. Pero ante los medios de comunicación se insiste en una mayor simplificación, así como en las excelencias de la competitivad, llegándose al colmo en algunos ayuntamientos de aspirar al trato de sus ciudadanos como "clientes".

En realidad , y sólo podemos lamentarnos ya, el país entero corre camino de estar en manos de la empresa privada.


En definitiva lo que se ha dado en llamar simplificación burocrática es simplemente anulación de los organismos públicos en favor de la privatización del país. Y cuando se entrega la Declaración Responsable ya han actuado los elementos privados de control.

La Administración, bueno fuera que no, se reserva la capacidad de inspección, pero con sus medios reducidos a la mínima expresión. Y en la gran parte de las ocasiones serán las sucesivas revisiones las que corran a cargo de la empresa privada nuevamente.

Otra de las corrientes imperantes son las sinergias de las grandes corporaciones. Sigue observándose en las fusiones bancarias y en otros sectores.

Cada vez que se aproxime un deseo malsano de pan hoy y hambre para mañana vemos un movimiento normativo que se "autojustifica" para llevar a cabo las reformas que convienen a unos pocos.

Ante la delicada situación los sectores sociales maniobran tratando de lograr el consenso y paz social necesaria.

En realidad el proceso cancerígeno de nuestro siglo es la automatización antepuesta a los intereses de las personas.

Contenido Técnico de Proyectos

Desde la Consejería de Empleo , Industria y Comercio del Gobierno de Canarias siempre he observado una buena elaboración de guías de proyecto, si bien de hace unos años a esta parte - y con el mismo motivo de destrucción de puestos de trabajo y de automatización - con la imposición de criterios que normalmente han estado de parte del técnico competente.

Se han recrudecido los contenidos, a veces muy procedentes y otras no tanto, pero en realidad el trasfondo es una realidad social que todos ya percibimos en estos momentos.

Mientras la realidad social apunta a un mayor índice de paro las Administraciones optan por el "ejemplo" de reducir sus plantillas de funcionarios, privatizar aspectos de su gestión, y automatizar (pasarelas electrónicas automatizadas, por ejemplo).


Estos documentos son oro en paño que debemos aprovechar para una buena gestión. En realidad , y desde hace muchos años, la implantación de unos contenidos mínimos en los proyectos técnicos ha ayudado al técnico en su trabajo de modelar las instalaciones siempre más complejas en la realidad.

Esperemos que sigan siendo en general guías de actuación y no imposiciones "normalizadas" que estrangulen a la ingeniería canaria y dificulten la realización de la labor técnica más allá de las conveniencias de una administracion que opta por privatizarse de la mano de políticos corruptos que venden los activos del país y los medios de producción restantes, y que desea la automatización en sus funciones como medio de justificar sus pretensiones. Pretensiones siempre auxiliadas por la normativa, claro.

Pero resulta difícil con la normativa en la mano justificar la destrucción de empleo y recursos puestos a disposición de otros que desembocarán en la desaparición de la figura del funcionario. Cuestión que está por descontado que no se desea. Y es que con su desaparición se ponen en riesgo algunos derechos recogidos en la constitución española.


Un buen enlace para más guías es :


Trámites ante Ayuntamiento , Cabildo y Industria/Energía del Gobierno de Canarias

En el momento presente algunas actuaciones ante el Cabildo de Tenerife son derivadas desde el propio Ayuntamiento del municipio donde se establezca la actividad.

Ellos dan cuenta al Cabildo, y el Cabildo autoriza en base a la documentación que contrasta.

Por poner un ejemplo : un bar cafetería.

Se trata de una actividad clasificada que conlleva un proyecto técnico justificativo de las instalaciones del mismo.

Los pasos a seguir frente al Ayuntamiento serían los constatados en el enlace superior referidos al Ayuntamiento de Arona. No hay grandes diferencias entre los Ayuntamientos, si bien algunos han aprovechado para recrudecer y complicar los impresos mediante ordenanzas espurias contrarias al espíritu de homogeneización europeo  que ponen en peligro los puestos de trabajo de sus funcionarios y su continuidad como clase social.

En realidad se trata de un proceso bastante sencillo que además suele recibir muchas ayudas por parte de los funcionarios que nos auxiliarán en todas y cada una de las partes del proceso.

Normalmente llevará aparejado el pago de unas tasas municipales por la tramitación, si bien en el momento presente ya hay algunas excepciones temporales como la del Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria, donde la desertización en el ánimo emprendedor está llegando a límites y sus dirigentes han estimado como una medida urgente facilitar la obtención de la licencia de apertura mediante la excepción del pago de tasas.


SUSPENSIÓN TOTAL, DESDE EL 1 DE ENERO DE 2012 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013 INCLUIDOS, DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES E INDUSTRIALES Y DEROGACIÓN, DESDE EL 1 DE ENERO DE 2012, DE SU DISPOSICIÓN ADICIONAL

Puedes descargarse un PDF informativo desde aquí

Para el caso que nos ocupa de un bar cafetería tras pagar las tasas y entregar la documentación con la declaración responsable ya podríamos, en teoría, abrir el local y ejercer la actividad.

Pero no olvidemos que puede darse el caso de una adecuación importante de la instalación eléctrica por preexistente, o bien porque se trata de darla de alta. En este caso es lógico que no se puede abrir puertas mientras no tengamos electricidad.

El proceso, con telemática o sin ella, e impuesto por Ley es rápido una vez se ha presentado la documentación en la delegación de industria de la Avda. Anaga. en la séptima planta.


Conllevará el pago de unas tasas adjuntando el CDO BT de electricidad, así como la solicitud de puesta en marcha firmado por el peticionario. Se puede presentar en formato digital la documentación si bien no obligan (como algún ayuntamiento sí que hace como el de San Cristóbal de La Laguna que sigue reglas de otros tiempos auxiliándose a conveniencia de la normativa que interpreta a su gusto y modo anteponiendo Ordenanzas a directivas europeas) .

Se puede encontrar el procedimiento a seguir en este enlace :


Añadir, por último y por el momento, que siempre debe comprobarse que la actividad que se quiere ejercer está permitida en la ubicación.
En todos estos trámites mi gabinete puede servir de auxilio, ya sea indicando los pasos, ya sea acompañando al cliente a charlar con el funcionario responsable del área correspondiente, quien deberá facilitar toda la información que se le pida con la diligencia de un buen padre de familia.  

12.2012